Plan Anual de Contratación PAC

Art. 22.- Plan Anual de Contratación.- Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado.

CERTIFICADO DE PRESENTACIÓN DE INFORME ANUAL CUMPLIMIENTO ART. 12 DE LA LOTAIP AÑO 2019